El presente articulo tiene como finalidad explicar a los clientes de AYC Contadores SAS los principales efectos del Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional creó un impuesto temporal al patrimonio para personas jurídicas y sociedades de hecho aplicable únicamente durante el año 2026.
Este documento busca presentar de forma clara y práctica quiénes deben pagar este impuesto, cómo se calcula y cuál puede ser su impacto financiero para las empresas.
El Decreto 0173 de 2026 establece un impuesto extraordinario al patrimonio empresarial como medida temporal dentro de la emergencia económica declarada por el Gobierno Nacional. El objetivo de este impuesto es generar recursos adicionales para atender los efectos económicos y sociales derivados de los desastres climáticos ocurridos en el país.
Están obligadas a pagar el impuesto:
Siempre que su patrimonio líquido sea igual o superior a 200.000 UVT.
Para el año 2026 este valor corresponde aproximadamente a $10.474 millones de pesos.
Por lo tanto, el impuesto aplica principalmente a empresas medianas y grandes que cuenten con niveles significativos de activos.
La base del impuesto corresponde al patrimonio líquido poseído al 1 de marzo de 2026.
El patrimonio líquido se determina de la siguiente manera:
Patrimonio líquido = Total de activos fiscales – Pasivos fiscalmente aceptados
Es importante tener en cuenta que este impuesto no depende de la utilidad generada por la empresa sino del valor de sus activos.
El decreto establece dos tarifas:
Tarifa general: 0,5 % del patrimonio líquido.
Tarifa especial: 1,6 % del patrimonio líquido para sectores específicos como:
El impuesto deberá pagarse en dos cuotas durante el año 2026:
Primera cuota: 1 de abril de 2026 (50 % del impuesto).
Segunda cuota: 4 de mayo de 2026 (50 % restante).
La declaración se presenta junto con el primer pago.
El impuesto temporal al patrimonio establecido en el Decreto 0173 de 2026 representa una obligación tributaria adicional para empresas con patrimonios elevados. Aunque su vigencia es limitada al año 2026, puede tener un impacto significativo en la liquidez y planeación financiera de las compañías.
AYC Contadores SAS se encuentra disponible para asesorar a sus clientes en la evaluación del impacto de este impuesto y en la implementación de estrategias adecuadas de planeación tributaria.
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