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CONTABILIDAD PARA MICROEMPRESAS: 9 ASPECTOS CLAVE PARA APLICARLA

Aca te contamos lo que necesitas para darle un buen manejo a tu microempresas de manera adecuada.

1. MARCO DE INFORMACION FINANCIERA QUE APLICAN LAS MICROEMPRESAS

El artículo 2 de la Ley 1314 de 2009 otorgó al Gobierno la facultad de autorizar que algunas entidades lleven contabilidad simplificada, emitan estados financieros abreviados y sean objeto de aseguramiento de información de nivel moderado, debido a que, por su volumen de operaciones, el valor de sus activos e ingresos y el número de empleados, entre otros criterios, no requieren de información compleja para la toma de decisiones.


2. ENTIDADES QUE PUEDEN APLICAR CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

Según el Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013, el grupo 3 de convergencia a Estándares Internacionales está conformado por:

– Microempresas
– Personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos en el parágrafo 3 del artículo 437 del ET.


3. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE PYMES Y MICROEMPRESAS


4. ESTADOS FINANCIEROS OBLIGATORIOS

Las microempresas, según el párrafo 3.8 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015, están obligadas a elaborar los siguientes estados financieros:

– Estado de situación financiera.
– Estado de resultados.
– Notas a los estados financieros.


5. POLÍTICAS CONTABLES

Las políticas contables, según el párrafo 10.2 del Estándar para Pymes, se definen como:
“principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros”.

 

6. RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

La nueva dinámica de procesamiento de la información, solicitada por los marcos normativos derivados de la Ley 1314 de 2009, tuvo incidencia en varios e importantes aspectos de la labor a la que se enfrentan diariamente los profesionales de la contabilidad.

 

7. BASES DE MEDICIÓN DE ACTIVOS, PASIVOS E INGRESOS

El costo histórico es la base de medición general de las microempresas.

Atendiendo las disposiciones del párrafo 2.27 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015, este costo representa el monto original consumido u obtenido en efectivo, o en su equivalente, en el momento de realización de un hecho económico.

 

8. ESTRUCTURA DE LA CONTABILIDAD

El marco normativo aplicable a las microempresas, que está incluido en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015, está compuesto de los siguientes capítulos:

 

9. REVELACIONES EXIGIDAS

El marco normativo para microempresas exige las siguientes revelaciones por cada partida de los estados financieros:

 

PartidaInformación para revelar por cada partida
Inversiones

·      El valor en libros de las inversiones.

·      Los dividendos y otras distribuciones reconocidas como ingresos en el período.

Cuentas por cobra

·      El valor en libros de los recursos pendientes de cobro.

·      El valor estimado por deterioro de las cuentas por cobrar.

·      El monto de los intereses pendientes de cobro.

·      Presentar en una nota a los estados financieros el movimiento de las cuentas estimadas por deterioro durante el año.

Inventarios·      Las pérdidas por deterioro del valor, reconocidas en cuentas de resultado, así como la recuperación de las pérdidas por deterioro ocurrida durante el período.
Propiedades, planta y equipo

·      Para cada categoría de la propiedad, planta y equipo debe revelarse una conciliación del valor contable al comienzo y al final del período, en la que se indiquen:

o   Las adiciones.

o   Las enajenaciones.

o   La depreciación.

o   Otros movimientos.

Obligaciones financieras y cuentas por pagar

·      El valor en libros de las obligaciones financieras y cuentas por pagar a su cargo.

·      El valor de los intereses correspondientes al período contable, que se encuentran pendientes de pago.

Obligaciones laborales

·      Para los beneficios a largo plazo se debe revelar su naturaleza y el monto de la obligación.

·      Para los beneficios por terminación se debe revelar su naturaleza y el monto de la obligación.

Ingresos·      Los ingresos por la venta de bienes y prestación de servicios se revelarán por separado en el estado de resultados.
Arrendamientos

Cuando la microempresa sea el arrendatario, debe revelar la siguiente información:

·      Los pagos por arrendamiento reconocidos como un gasto en el período.

·      Una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos, incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición y cláusulas de revisión, subarrendamientos y restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.

 

 

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